Crédito:Pixabay/CC0 Dominio público
Históricamente, las mujeres han estado escasamente representadas en puestos de poder y toma de decisiones en Gambia. De los 58 miembros de la Asamblea Nacional, solo seis son mujeres legisladoras y solo tres de ellas son elegidas. Las mujeres constituyen más de la mitad de la población de Gambia, pero representan solo el 10% de los parlamentarios, incluido el presidente.
Esta escasa representación es igualmente evidente en los partidos políticos. Ninguno de los 18 partidos políticos registrados está dirigido por una mujer. Algunos tienen mujeres que se desempeñan como líderes adjuntos del partido. Pero en su mayor parte, a las mujeres se les asignan puestos simbólicos que carecen del poder y la autoridad necesarios. Se despliegan como movilizadores, activistas y animadores.
No es de extrañar entonces que durante las elecciones del 4 de diciembre de 2021, solo una mujer, Marie Sock, presentó su nominación para la presidencia. Incluso entonces, su solicitud fue rechazada por la Comisión Electoral Independiente (IEC) porque no declaró sus bienes. Tampoco tenía el número legalmente requerido de votantes registrados para respaldar su nominación.
Esto dejó el campo abierto a una contienda entre seis candidatos masculinos en la que Adama Barrow aseguró su segundo mandato.
Adama Barrow asumió el cargo en diciembre de 2016, poniendo fin a 22 años de gobierno autocrático bajo Yahya Jammeh. En la transición democrática que siguió, Barrow prometió una constitución reformada y justicia transicional para las víctimas de la brutal dictadura de Jammeh.
Pero el proceso de elaboración de la constitución está estancado. El Proyecto de Ley de Promulgación de la Constitución de 2020 fue rechazado por la Asamblea Nacional debido a desacuerdos entre los partidos políticos.
El proyecto de constitución esbozaba varias disposiciones para acelerar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Entre sus disposiciones transformadoras había una sección que prohíbe explícitamente el trato discriminatorio basado en el género.
El artículo 55 prevé además la igualdad de trato entre hombres y mujeres. Esto incluía la igualdad de oportunidades políticas, económicas y sociales. El artículo 74 establece los principios generales del sistema electoral. Esto incluía una representación justa de todos los géneros en los órganos públicos electivos. El proyecto de constitución también proporcionó un sistema de cuotas que reserva 14 escaños en el parlamento para mujeres.
La falta de aprobación del proyecto de ley representa una pérdida de impulso para las reformas de género.
Pero, en mi opinión, todavía hay una oportunidad para abordar el tema de la representación de las mujeres en la política. Esto tiene la forma de un proyecto de ley de miembros privados que busca aumentar la representación de las mujeres en la Asamblea Nacional.
El proyecto de ley presenta una oportunidad oportuna para rectificar los desequilibrios en la representación política al garantizar un número de escaños para mujeres. Los argumentos en contra podrían ser que es solo una medida temporal. Pero yo diría que las medidas temporales, como las cuotas legislativas de género, pueden aumentar el acceso de las mujeres a la participación política.
Es cierto que en las últimas décadas el principio de igualdad entre mujeres y hombres se ha ido constitucionalizando cada vez más. Estos incluyen disposiciones constitucionales específicas de género sobre los derechos de la mujer, el derecho a la salud reproductiva, el acceso a la educación, la protección contra la violencia.
Pero también se han implementado una serie de medidas especiales temporales. Uno es el sistema de cuotas.
Soporte para cuotas
Los gambianos están listos para el cambio.
Un estudio nacional sobre la participación y representación política de las mujeres mostró que el 89 % de todos los encuestados apoyaba la introducción del sistema de cuotas.
En 2018, una encuesta realizada por Afrobarometer, la red de investigación panafricana, mostró un apoyo abrumador (85 %) en el país al cambio constitucional que exigiría un sistema de cuotas para la representación de las mujeres en la Asamblea Nacional.
Pero este apoyo aún no se ha traducido en los libros de estatutos.
Los derechos de género en Gambia se rigen por la constitución de 1997 y otras leyes pertinentes. Estas leyes incluyen la Ley de la Mujer de 2010, que contiene disposiciones generales para apoyar la participación y representación política de las mujeres.
Gambia es también uno de los pocos países de África que ha promulgado leyes específicas para incorporar normas y estándares africanos e internacionales que reconocen los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
Pero el marco legal en su forma actual no es integral para garantizar un derecho sustantivo para las mujeres en el ámbito político. Tome la sección 15 de la Ley de la Mujer. Establece una obligación general de adoptar medidas especiales de carácter temporal. Pero no hace una prescripción definitiva como las cuotas electorales de género.
Además, las leyes existentes son sumamente inadecuadas dadas las barreras socioculturales que están muy arraigadas en la sociedad contra las mujeres.
Una ruta alternativa
El proyecto de ley de miembro privado ante el parlamento presenta una oportunidad para adoptar la reforma. El proyecto de ley propone aumentar el número total de escaños en la Asamblea Nacional de Gambia de 58 a 71, reservando 16 escaños para mujeres miembros de la asamblea. Catorce serían elegidos de cada región; las personas con discapacidad elegirán a una mujer de entre ellas, y el presidente designará a una.
En mi opinión, el proyecto de ley de miembros privados sería beneficioso para promover los derechos de las mujeres.
Sin embargo, ha surgido una pregunta clave sobre cuáles serán las modalidades para elegir a las mujeres parlamentarias. Sería útil recurrir a otros países con un sistema de cuotas para abordar esto. Por ejemplo, la Constitución revisada de Uganda de 1995 institucionalizó el sistema de cuotas al establecer un número de escaños reservados en el parlamento nacional igual al número de distritos del país. Cada distrito elige a una representante parlamentaria.
En este caso, los escaños reservados se organizan como distritos electorales de "distritos de mujeres" de un solo miembro, diseñados como distritos de primer paso. En esencia, una representante de una mujer es elegida por sufragio universal en cada distrito, que puede constar de varios condados (circunscripciones), elecciones indirectamente disputadas de "candidatas únicamente".
Igualmente, en el caso de Gambia, se propone que los parlamentarios para los escaños reservados para mujeres sean elegidos y no designados para mejorar la legitimidad de estos escaños parlamentarios. Algunos han argumentado que esto puede promover una visión estática de las "mujeres" como grupo e impulsar un proceso paralelo que afecte la igualdad de derechos de voto. Pero en este caso esto es necesario como una medida positiva de tiempo limitado que pretende brindar oportunidades a un grupo histórica y sistemáticamente desfavorecido.