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    El Tribunal Europeo de Derechos Humanos está retrocediendo en la protección legal para los solicitantes de asilo, según un estudio
    Crédito:Pixabay/CC0 Dominio público

    El Tribunal Europeo de Derechos Humanos está "retrocediendo" al revertir subrepticiamente sus principios establecidos para proteger a los solicitantes de asilo, según un nuevo estudio.



    Ha pasado una década desde que la Corte estableció por primera vez que los solicitantes de asilo son inherente y particularmente vulnerables ante la ley.

    La investigación muestra que en los últimos años el Tribunal se ha alejado de esta posición, aunque sin reconocerlo ni explicar por qué. La investigación advierte que ahora no está claro qué se necesita exactamente para que un solicitante de asilo en particular sea considerado lo suficientemente vulnerable como para recibir protección especial bajo el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

    El estudio, realizado por el Dr. Ben Hudson de la Facultad de Derecho de la Universidad de Exeter, se publica en el International Journal of Law in Context .

    El Dr. Hudson dice:"La consecuencia de este retroceso no es sólo que se socava el concepto judicialmente reconocido de vulnerabilidad al asilo, sino que algunos de los solicitantes más vulnerables que comparecen ante la Corte sufren una nueva marginación y, en algunas circunstancias, exclusión del sistema". 'protección especial' que se les concedía anteriormente.

    "El TEDH está retrocediendo en su jurisprudencia relacionada con el asilo cuando esto se ve a través del lente de la vulnerabilidad. En los años transcurridos desde que la Gran Sala afirmó por primera vez la vulnerabilidad del asilo, el Tribunal ha invertido sutil, pero marcadamente, su posición hasta el punto en que ahora está en riesgo de desaparecer por completo."

    En algunas sentencias se ha reconocido la "particular vulnerabilidad" de los solicitantes de asilo como grupo, pero el Tribunal lo ha advertido mediante una comparación con otros solicitantes de asilo en la misma situación. La investigación dice que esto ha resultado en que algunos solicitantes hayan sido excluidos de la protección especial. Critica el uso de esta advertencia por causar incertidumbre y ser "muy poco práctica".

    El Dr. Hudson dice:"Es improbable que el Tribunal alguna vez tenga información equivalente sobre la situación de cada solicitante de asilo dentro de un centro de detención o zona de confinamiento en particular para que las comparaciones sean significativas o estén justificadas. Aparentemente no hay nada que impida al Tribunal introduciendo más y más puntos de contraste para distinguir entre solicitantes de asilo que de otro modo se encontrarían en situaciones similares."

    En otras sentencias, el Tribunal no ha mencionado ni prestado la debida atención a la vulnerabilidad inherente y particular asociada a ser solicitante de asilo en virtud de la Convención.

    En otros, la Corte ha alterado lingüísticamente su principio de vulnerabilidad, según el cual la vulnerabilidad particular es inherente a la situación de uno como solicitante de asilo, en detrimento de los solicitantes.

    La mayoría de las sentencias examinadas en el marco de la investigación fueron posteriores a 2018. En 2011, los solicitantes de asilo fueron clasificados por el tribunal como "un grupo de población especialmente desfavorecido y vulnerable que necesita una protección especial", siendo esa vulnerabilidad inherente a su situación como solicitantes de asilo. .

    El Dr. Hudson dice:"El Tribunal parece haber normalizado tácitamente la falta de reconocimiento de la vulnerabilidad de los solicitantes de asilo y la resistencia a emplear su propio razonamiento sobre la vulnerabilidad. Ser un solicitante de asilo ya no es por sí solo determinante de una vulnerabilidad particular. A discreción del Tribunal , también se puede considerar una variedad indeterminada de otros factores, como ser menor de edad o tener una salud frágil.

    "Sin un cambio pronunciado de dirección por parte del TEDH, la esperanza que muchos tenían de que el razonamiento de la vulnerabilidad proporcionara una respuesta más inclusiva y más humana a las amenazas a los derechos de las personas que buscan refugio en Europa según la Convención se desvanecerá para siempre."

    Más información: Ben Hudson, Marginación del asilo renovada:'Retroceso de la vulnerabilidad' en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Revista Internacional de Derecho en Contexto (2024). DOI:10.1017/S1744552323000332

    Proporcionado por la Universidad de Exeter




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