En varios casos, los tribunales han determinado que las prohibiciones de campamentos para personas sin hogar violan la prohibición de castigos crueles e inusuales contenida en la Octava Enmienda. En 2019, por ejemplo, el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito dictaminó que la prohibición de una ciudad de dormir en público violaba la Octava Enmienda porque "castigaba a las personas sin hogar por no tener hogar". El tribunal determinó que la ciudad no había proporcionado alojamiento adecuado a las personas sin hogar y que, por lo tanto, la prohibición imponía un "riesgo sustancial de daños graves" a las personas sin hogar.
Otros tribunales han determinado que las prohibiciones de campamentos para personas sin hogar violan la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda. En 2018, por ejemplo, el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia dictaminó que la prohibición de una ciudad de acampar en propiedad pública violaba la Cláusula del Debido Proceso porque "no estaba estrictamente diseñada para servir a un interés gubernamental legítimo". El tribunal determinó que la ciudad no había demostrado que la prohibición fuera necesaria para prevenir el delito o proteger la seguridad pública.
La Corte Suprema aún no se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de las prohibiciones de los campamentos para personas sin hogar, pero es posible que la Corte considere un caso similar en el futuro. Si la Corte Suprema se pronuncia sobre esta cuestión, probablemente recurrirá a los precedentes sentados por los tribunales inferiores. Si la Corte Suprema sigue el razonamiento de estos casos, puede encontrar que las prohibiciones de los campamentos para personas sin hogar son inconstitucionales.
Además de la Octava Enmienda y la Cláusula del Debido Proceso, las prohibiciones de los campamentos para personas sin hogar también pueden violar otros derechos constitucionales, como el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la privacidad. Por estas razones, es importante que las ciudades consideren cuidadosamente la constitucionalidad de cualquier prohibición de los campamentos para personas sin hogar antes de implementarlas.