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    Preguntas y respuestas:economista examina el impacto de los acuerdos de no competencia

    Liyan Shi. Crédito:Universidad Carnegie Mellon

    Liyan Shi, profesora asistente de economía en la Escuela de Negocios Tepper de la Universidad Carnegie Mellon, argumentó en un estudio publicado en Econometrica que los acuerdos de no competencia dañan la economía. Sugirió que una casi prohibición de estos acuerdos de no competencia podría ser la mejor política.



    En abril, la Comisión Federal de Comercio emitió una norma final destinada a promover la competencia prohibiendo las no competencias en todo el país, para proteger la libertad fundamental de los trabajadores de cambiar de trabajo, aumentar la innovación y fomentar la formación de nuevas empresas.

    En una reciente sesión de preguntas y respuestas, Shi brindó información sobre los acuerdos de no competencia y su influencia tanto en la fuerza laboral como en la economía.

    P:¿Qué son los contratos de no competencia y qué tan comunes son entre los trabajadores estadounidenses?

    Shi:Los contratos de no competencia son acuerdos entre una empresa y un empleado en los que el empleado promete no trabajar para un competidor después de dejar la empresa. Estos acuerdos son un aspecto difícil de alcanzar en el mercado laboral para investigadores y responsables políticos porque son contratos privados, lo que los hace difíciles de medir y cuantificar.

    Los economistas e investigadores han hecho todo lo posible para realizar encuestas y recopilar datos para comprender la prevalencia de las prácticas no competitivas y han descubierto que son sorprendentemente comunes. Según una encuesta nacional realizada por Evan Starr de la Universidad de Maryland y sus coautores, alrededor de 30 millones de trabajadores estadounidenses (aproximadamente el 18% de toda la fuerza laboral) están sujetos a contratos de no competencia, y un 38% aún más alto ha firmado tales contratos durante su carrera. carreras.

    P:¿Qué revela su investigación sobre la prevalencia y duración de las cláusulas de no competencia entre los ejecutivos?

    Shi:Un segmento del mercado laboral donde podemos observar los detalles de los contratos laborales es el de los ejecutivos y empleados clave de empresas que cotizan en bolsa, quienes deben revelar estos detalles por razones regulatorias. Para comprender el uso y los efectos de las cláusulas de no competencia, utilicé herramientas de aprendizaje automático y procesamiento de lenguaje natural para recopilar un gran conjunto de estos contratos y analizar los detalles de los acuerdos. Mis hallazgos revelan que casi dos tercios de los ejecutivos están sujetos a cláusulas de no competencia, que duran alrededor de dos años en promedio.

    P:¿Cuáles son las principales preocupaciones sobre los acuerdos de no competencia?

    Shi:La principal preocupación sobre los contratos no competitivos son sus efectos anticompetitivos:la movilidad laboral restringida impide que los trabajadores se desplacen a empleos más productivos e inhibe la entrada de nuevas empresas. Ante la disminución de la fluidez del mercado laboral, el estancamiento del crecimiento salarial y la disminución del dinamismo empresarial en los EE. UU., se ha identificado que los contratos de no competencia son un posible factor contribuyente.

    Los contratos de no competencia se justifican porque protegen las inversiones de los empleadores, especialmente en sus empleados. Este debate ha dado lugar a diversos enfoques legales en todo el país:muchos estados permiten no competencia, mientras que otros, como California, las prohíben por completo.

    P:¿Qué recomendaciones políticas tiene con respecto a los acuerdos de no competencia?

    Shi:Los efectos de los acuerdos de no competencia presentan una compensación política. Mi investigación tuvo como objetivo evaluar si la intervención es necesaria. Si bien la no competencia beneficia la inversión empresarial, particularmente en activos intangibles como I+D, estos beneficios se ven contrarrestados por los costos de una menor reasignación de mano de obra y menos empleos nuevos. Esto indica que un resultado de laissez-faire no es deseable y que se necesita regulación. En definitiva, recomiendo casi prohibir las no competencias.

    P:¿Cómo afecta la no competencia a los trabajadores y empleadores?

    Shi:Otro tema de controversia es cómo los acuerdos de no competencia afectan los salarios:es complicado. Una de las razones por las que las cláusulas de no competencia reducen los salarios es porque los trabajadores no pueden aceptar empleos nuevos y potencialmente más lucrativos. También es menos probable que obtengan aumentos porque su opción externa disminuye. Sin embargo, los salarios a menudo se fijan mediante negociaciones entre empleadores y trabajadores, especialmente para los trabajadores altamente calificados, quienes pueden exigir un salario inicial más alto para compensar futuras restricciones. Esto es precisamente lo que encontré para el personal clave, como los ejecutivos de una empresa.

    Si bien las restricciones laborales pueden parecer poco atractivas, se puede atraer a los trabajadores con una compensación adecuada. Sin embargo, las prácticas no competitivas no deberían quedar sin regulación porque afecten a terceros:empleadores potenciales que podrían ofrecer empleos más productivos pero que no pueden contratar trabajadores sujetos a estos acuerdos.

    P:¿Qué sigue en el mundo de la investigación con respecto a los contratos de no competencia?

    Shi:Los investigadores están examinando los efectos en diferentes segmentos del mercado laboral, en particular los trabajadores poco calificados que pueden tener un poder de negociación limitado contra sus empleadores, y por qué aceptan firmar acuerdos de no competencia. También hay nuevas e interesantes investigaciones sobre cómo la aplicación de la no competencia afecta la difusión del conocimiento y la capacidad de innovación de la empresa. En términos más generales, los investigadores están explorando cómo las políticas de no competencia interactúan con otros contratos laborales y políticas de propiedad intelectual, como los acuerdos de confidencialidad, la protección de secretos comerciales y la protección de patentes.

    Proporcionado por la Universidad Carnegie Mellon




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